El anteproyecto de la ley que ha colgado el Ministerio de Presidencia en su web este lunes, permite responder con el silencio administrativo a los ciudadanos que soliciten información. Si no hay respuesta, la solicitud se entenderá desestimada.
"Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido desestimada", reza el artículo 17 del texto que aún no es definitivo. Los ciudadanos tienen 15 días para hacer sus aportaciones a la futura ley a través de la página http://www.leydetransparencia.gob.es/.
Si este artículo no se modifica en la tramitación de la ley, un ciudadano podrá hacer una petición sin que la administración esté obligada a contestarle por escrito sobre por qué no le facilita los datos demandados.
En caso de producirse esta situación, el ciudadano podrá reclamar contra el silencio administrativo ante la Agencia Estatal de Transparencia, Evaluación de Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios.
Para poder hacer frente a las peticiones de datos, la ley establece que el Estado creará “unidades especializadas” para recabar, tramitar y difundir la información que se solicite. Estos nuevos órganos serán los encargados de llevar un registro de peticiones, según se recoge en el artículo 18 del anteproyecto.
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