El anteproyecto de Buen Gobierno y Transparencia amplía el catálogo de información de obligada publicidad administrativa. Es decir, sin necesidad de solicitud previa, sino que los datos se darán a conocer a través de las webs institucionales. Una exigencia que afecta a contratos (objeto, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento, adjudicatario o posibles prórrogas), subvenciones, convenios o retribuciones de altos cargos.
Otra de las novedades es la ampliación de la capacidad de los ciudadanos para solicitar información a las Administraciones Públicas y que éstas queden obligadas a dar respuesta puntual con el límite de un mes de plazo.
La ley reconoce como información pública la que obre «en poder de cualquiera de los sujetos obligados y que haya sido adquirida o elaborada en el ejercicio de sus funciones públicas», siempre y cuando no afecte a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública o la investigación y sanción de infracciones penales, administrativas o disciplinarias.
¿Quién controlará la transparencia? Pues será una agencia de calidad de los servicios, denominada Agencia de Transparencia, y a cuyos miembros los nombrará el Gobierno.
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