La diputada autonómica socialista por Castellón Soledad Sorribes no ha descartado impulsar iniciativas en Les Corts para reivindicar el retorno a Castellón de los documentos sobre la guerra civil y la posguerra que formaban parte del archivo del Ministerio de Defensa de Castellón, trasladados al archivo central de Historia Militar de Madrid. "Como castellonera quiero los papeles en Castellón, y, como historiadora, quiero los papeles en condiciones", ha dicho la diputada.
4 comentarios:
Si los papeles han llegado desde la Guerra Civil hasta nuestros días, será porque no estaban en tan malas condiciones en Castellón.
Y desde aquí animo a esta señora para que desde el PSOE impulse algún tipo de iniciativa parlamentaria en donde se puede obligar al Gobierno a cumplir lo que es justo, por ejemplo en el Congreso de los Diputados. Me refiero a una proposición no de ley a través de la cual los originales se queden en su contexto geográfico y documental, y las copias se vayan a Salamanca.
Acabo de encontrarme con una noticia, que merecería un homenaje público al subdelegado del Gobierno en Castellón: ¡Un fenómeno!
1) El Subdelegado del Gobierno en Castellón, Antonio Lorenzo, ha acusado hoy a la Generalitat Valenciana, la Diputación y al Ayuntamiento de Castellón de "no haber movido ni un dedo, ni un euro, para preservar los archivos del Ministerio de Defensa".
Es que habría que decir al Sr. Lorenzo, porque parece desconocerlo, que a quien incumbe directamente mover dedos y euros para preservar los archivos del Ministerio de Defensa, es precisamente a este último, que para eso es el titular de la documentación. Y no parece que este Ministerio dedique partidas cuantiosas a cuidar sus documentos sino más bien escasas. Para quien lo dude, dejo el enlace a unas cuantas licitaciones en cuestión de Cultura.
2) "El subdelegado ha dejado claro que "la voluntad de conservar esta documentación hacía necesario que se centralizara en el Archivo Histórico Central de la Defensa en la calle Moret de Madrid y por lo tanto no va a Salamanca ni tiene que ver nada con Salamanca como se ha dicho".
"Quien ha introducido el nombre de Salamanca en el debate lo ha hecho con la clarísima intención de vincular esto con no se que otro tema". ha precisado.
¿Que no van los documentos a Salamanca? No me lo creo, también Caldera dijo que antes de salir un papel del archivo de Salamanca pasarían por encima de su cadáver, y salieron -cosa de la cual yo me alegro; ¿o será que habrán reculado en vista del revuelo que se forma y con el que inexplicablemente no contaban?
Pues parece que el destino definitivo es Madrid.
La noticia es de amplio alcance porque si nos fiamos de lo que se lee, los fondos militares de Castellón no tienen como destino final Salamanca, sino Madrid ¿Será cierto? No tengo muy claro si se van al Archivo General Militar de Madrid; si se crea el Archivo General e Histórico de la Defensa, o se transforma el primero en el segundo; o si se van al servicio de reproducción de documentos previsto en el Reglamento de Archivos Militares.
No sólo eso, sino que los fondos relacionados con la Guerra Civil que se encuentran en los demás organismos periféricos de cualquier otra parte del Estado, también se llevarán a ese "centro que albergará los archivos de la guerra civil", se entiende que militares. Vamos, que han tocado a expolio general, y entiendo por expolio un despojo realizado con injusticia grande, difícilmente compatible con la función social que le atribuye el artículo ¿4? de la Ley de PHE a los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español.
Si el destino definitivo es Madrid, creo que se lo debemos al Reglamento de Archivos Militares. En mi opinión, si la mayor parte del articulado es impecable, que me perdone el que se dice su autor, pero es que la orientación centralista está muy marcada, y vamos, que ni me gusta, ni me parece justa, ni lógica, ni social: los fondos de las de Delegaciones de Defensa tienen como destino definitivo el Archivo General e Histórico Militar, y no entiendo el motivo. Estos fondos de delegaciones y organismos centrales compartirán documentos originales en un fondo con las minutas (copias, etc.) en otro. Esos mismos fondos ocasionarán expurgos parciales para ganar espacio, eliminando los muchos duplicados. Los fondos expurgados, de crearse archivos historicos en las comunidades o regiones militares, o de dotar a los intermedios también con carácter histórico, o de transferirse a los AHPs, cumplirían de forma más pertinente con la función social que le atribuye al ley 16/1985 de PHE.
¿A quienes interesan más los fondos de los organismos periféricos de Defensa, a los que los tienen cerca, o a los que están a 600 o 1.200 km? Si como parece de sentido común estos fondos interesan de forma mayoritaria a los que viven en su área de influencia ¿no es dificultar ese acceso a la Cultura a la que todos tenemos derecho, separarlos de sus "clientes" 600 km, ocasionandoles gastos de desplazamiento y manutención? ¿Seguro que así no se dificulta la investigación?
¿Y la seguridad? En un archivo puede haber una catástrofe, sea un incendio, un atentado, le puede afectar una guerra ¿Es responsable crear archivos de concentración en los que una catástrofe haría perder toda la documentación, tanto de organismos centrales como de periféricos del organismo?
Tampoco estuvo acertado en mi opinión el Reglamento cuando no comprende los fondos de los órganos judiciales militares, aunque aquí supongo que no sería por voluntad del redactor.
Si tuviese que elegir, en este caso me quedo con el Reglamento del Sistema archivístico del Ministerio del Interior, que si no me falla la memoria acepta el 914/1969: el archivo del Ministerio del Interior es único, pero transfiere a los AHPs la documentación producida por sus organismos periféricos, algo que parece mucho más razonable. En fin, aquello de la centralización napoleónica, que ya no hay imperios, hombre :-)
Sorpresa-sorpresa...
El pasado 30 de diciembre el BOE publicó una Resolución de la Unidad de Contratación de la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurias por la que se hace pública la adjudicación del embalaje y transporte de fondos documentales del Tribunal Territorial número 1 (Valencia-Madrid) al Archivo General e Historico de la Defensa
Todo apunta a que se crea el Archivo General e Histórico de la Defensa previsto en el RD 2598/1998 por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares, y de acuerdo con el MDE:
"El Archivo General e Histórico de la Defensa es el centro destinado a convertirse en el principal receptor de los fondos generados por el Ministerio de Defensa y por otros organismos y Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. Pretende servir tanto a los objetivos de gestión archivística propuestos para un archivo intermedio como a los de un archivo histórico. La gestión archivística se estructura en cuatro Áreas de trabajo: Control, Conservación, Descripción y Referencia, tal y como marca el Real Decreto 2598/1998 por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares. Los fondos documentales que integrarán este Archivo son los de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas y los conservados por los archivos centrales de los organismos integrados en el Órgano Central, así como los integrados en las Delegaciones de Defensa (artículo 20.2 del Reglamento de Archivos Militares). En definitiva, toda aquella documentación que queda fuera de la competencia del resto de archivos históricos e intermedios de los ejércitos de Tierra, Aire o Armada".
Insisto, el Reglamento que nos ocupa, está pidiendo una reforma a gritos, pues me parece de difícil digestión, al menos a la luz de la Constitución, que pretende:
1) Facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida cultural (art. 9).
¿Alejando los fondos de la mayor parte de sus clientes potenciales se facilita esta participación?
2) Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho (art. 44).
Más de lo mismo ¿Si se alejan los fondos de sus usuarios se promueve este acceso?
3) Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad (art. 46).
Más de lo mismo...
4) "La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho". (Art. 103.1).
Si no gusta el estado de las autonomías, los principios de descentralización y desconcentración, que se reforme la Constitución, pero no me parece de recibo hacer caso omiso a la misma y promulgar un reglamento tras el que encuentro una ideología que parece aspirar a la gradeur francesa.
En definitiva, que un archivo de concentración como el General e Histórico de la Defensa, me huele a rancio, y ya tiene gracia que en pleno régimen del Innombrable se aprobase un decreto como el 914/1969 de Creación del AGA, en cuyo art. 5 está presente la descentralización, la desconcentración, al adquirir carácter intermedio los "archivos provinciales" y en plena democracia se tienda a la centralización napoleónica ¿Sánchez Belda, que supongo sería quien redactó el 914/1969, era un provinciano, un localista o incluso un nacionalista (con cuernos, rabo y orejas de punta)?
El prestigio de un Cuerpo no se adquiere avasallando a los demás, siendo los que más fondos acaparan, sino que en mi opinión se obtiene mediante el trabajo y en este caso, a través de políticas coherentes con aquello de la jerarquía normativa, en cuya cúspide se encuentra la Constitución.
Un poquito de porfavor...
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