El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que ni las funciones de un programa de ordenador ni su lenguaje de programación pueden acogerse a la protección del derecho de autor porque ello "supondría ofrecer la posibilidad de monopolizar las ideas, en perjuicio del progreso técnico y del desarrollo industrial".
El dictamen se refiere al litigio entre las empresas informáticas SAS Institute y Word Programming Limited.
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