Los ciudadanos no tendrán que presentar fotocopias del DNI y certificados de empadronamiento en la Administración central.
Los ciudadanos ya no tienen la obligación de adjuntar la fotocopia del Documento Nacional de Identidad, ni copia de su certificado de empadronamiento a cualquier escrito, comunicación o formulario que tengan que presentar en los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado, así como por los organismos que dependen de ella. A partir de ahora será el propio Departamento ante el que se solicita el trámite el encargado de comprobar, de oficio, la identidad del interesado.
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