Tira y afloja por el Archivo Histórico.
En una sentencia dictada el pasado día 20, la Sala de lo Contencioso Administrativo del tribunal estima la demanda de la Junta de Castilla y León y condena al Ministerio de Cultura a abrir el procedimiento administrativo para decidir si el edificio del Archivo Histórico Nacional y los fondos que custodia sobre la Guerra Civil y la dictadura franquista merecen ser declarados BIC (Bien de Interés Cultural).
La sentencia recuerda que el edificio ya es un BIC, por ser un archivo de titularidad estatal, lo que, añade el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, "no puede impedir" la iniciación de un expediente, ya que se pide también por su contenido, los fondos documentales de la Guerra Civil. Para que un inmueble sea declarado BIC se necesita "un interés legítimo y directo" por parte del demandante, lo cual existe en el caso del Archivo para la Junta de Castilla y León, según el tribunal.
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En una sentencia dictada el pasado día 20, la Sala de lo Contencioso Administrativo del tribunal estima la demanda de la Junta de Castilla y León y condena al Ministerio de Cultura a abrir el procedimiento administrativo para decidir si el edificio del Archivo Histórico Nacional y los fondos que custodia sobre la Guerra Civil y la dictadura franquista merecen ser declarados BIC (Bien de Interés Cultural).
La sentencia recuerda que el edificio ya es un BIC, por ser un archivo de titularidad estatal, lo que, añade el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, "no puede impedir" la iniciación de un expediente, ya que se pide también por su contenido, los fondos documentales de la Guerra Civil. Para que un inmueble sea declarado BIC se necesita "un interés legítimo y directo" por parte del demandante, lo cual existe en el caso del Archivo para la Junta de Castilla y León, según el tribunal.
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2 comentarios:
El final de la guerra no acabó con la represión, ni abrió paso a la reconciliación, ni tampoco supuso el fin de la militarización de los juicios políticos. Al seguir en vigor el estado de guerra hasta 1948, se mantuvieron los tribunales militares y las fuerzas de seguridad continuaron sometidas a disciplina militar. Los Tribunales Militares solían ventilar alrededor de 15 casos a la hora, sin garantías procesales y presumiendo la culpabilidad del acusado.
Tenes razón, buen comentario.
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