¿Tenemos derecho al olvido digital?
Con una simple búsqueda en Google se puede encontrar mucha información de una persona. A menudo, parte de esos datos han sido publicados por terceros. ¿Tenemos derecho al olvido digital? En teoría, todo ciudadano debe poder gestionar sus datos, incluso en internet, pero todavía no hay ningún Gobierno que lo haya legislado.
Todo ciudadano tiene derecho a exigir la cancelación de sus datos publicados en páginas web, ya sean fotografías, información personal o incluso comentarios. Para ello, hay que dirigirse al responsable del sitio web, o al autor en el caso de blogs o foros. "Sólo hay dos excepciones", matiza Artemi Rallo, de la AEPD, "en las que el internauta no tiene la última palabra: los boletines y diarios oficiales de las Administraciones Públicas y las ediciones digitales de los medios de comunicación".
En el primer caso, se puede pedir a la administración que los buscadores no indexen un determinado documento (por ejemplo, la notificación de una sanción), de manera que no se dé una difusión global en la red. En el segundo caso, en los medios digitales prevale el derecho a la información, "siempre y cuando ésta sea veraz y de interés público", aclara Rallo.
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Con una simple búsqueda en Google se puede encontrar mucha información de una persona. A menudo, parte de esos datos han sido publicados por terceros. ¿Tenemos derecho al olvido digital? En teoría, todo ciudadano debe poder gestionar sus datos, incluso en internet, pero todavía no hay ningún Gobierno que lo haya legislado.
Todo ciudadano tiene derecho a exigir la cancelación de sus datos publicados en páginas web, ya sean fotografías, información personal o incluso comentarios. Para ello, hay que dirigirse al responsable del sitio web, o al autor en el caso de blogs o foros. "Sólo hay dos excepciones", matiza Artemi Rallo, de la AEPD, "en las que el internauta no tiene la última palabra: los boletines y diarios oficiales de las Administraciones Públicas y las ediciones digitales de los medios de comunicación".
En el primer caso, se puede pedir a la administración que los buscadores no indexen un determinado documento (por ejemplo, la notificación de una sanción), de manera que no se dé una difusión global en la red. En el segundo caso, en los medios digitales prevale el derecho a la información, "siempre y cuando ésta sea veraz y de interés público", aclara Rallo.
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