5 jul 2010

Acuerdan instrucción para eliminar de edictos datos personales no necesarios.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y la Agencia Vasca de Protección de Datos han consensuado una instrucción con el objetivo de que los datos personales que se incluyan en los edictos que se publican en los boletines oficiales sean sólo los "estrictamente necesarios".
Se ha recordado desde el TSJPV que el principio de calidad de los datos regulado en el artículo 4 LOPD exige que la publicación debe limitarse a aquellos datos personales de los afectados que resulten imprescindibles para lograr la finalidad pretendida, como es la notificación de la resolución, por lo que se evitará la publicación de todos aquellos datos que no sean estrictamente necesarios a tal fin.
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