6 oct 2009

Las notarías podrán tramitar el IBI y las plusvalías municipales.
Los presidentes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y del Consejo General del Notariado, Pedro Castro y Antonio Ojeda, respectivamente, suscribieron hoy un convenio de colaboración en virtud del cual los ciudadanos podrán liquidar el impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de forma telemática desde cualquiera de las 3.000 notarías del país.
Así, el ciudadano podrá realizar en la misma notaría la autoliquidación de la plusvalía y el IBI de manera inmediata, y evitando desplazamientos a la agencia tributaria municipal. Ojeda ha dicho que con este convenio las notarías "podrán convertirse en ventanillas únicas para muchos temas, incluidos todos los relacionados con la administración local". La certificación autorizada por la notaría de forma telemática tiene la misma validez y produce los mismos efectos que la obtenida en papel en las oficinas municipales, ya que cuenta con la seguridad jurídica y el control de legalidad que proporciona el notario.
Los casi 3.000 notarios de España disponen desde 2003 de firma electrónica reconocida. Una herramienta telemática -desarrollada con los controles de calidad y seguridad más estrictos- que ha permitido a la Agencia Notarial de Certificación (ANCERT) dotar al colectivo de los sistemas y programas electrónicos precisos para emitir, transmitir y recibir información, así como para intercambiarse entre ellos copias de las escrituras públicas.
Desde el año 2000, el desarrollo de proyectos notariales electrónicos y la utilización de las aplicaciones informáticas por los notarios han experimentado un fuerte incremento. Entre los principales servicios telemáticos ofrecidos por el Notariado, en colaboración con las Administraciones Públicas y las entidades financieras, cabe destacar, entre otros: la solicitud de préstamos hipotecarios 'on line' con más de veinte entidades financieras; la petición del NIF provisional de las sociedades constituidas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria; la constitución de sociedades de responsabilidad limitada y sociedades limitadas nueva empresa y la presentación, solicitud de información y pago de diversos tributos.
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