
Según recoge el nuevo 'Código Tipo de Farmaindustria de Protección de datos personales en el ámbito de la investigación clínica y la farmacovigilancia', el procedimiento de disociación de datos "ha de ser irreversible" para que el promotor --farmacéutica-- no tenga acceso "en ningún caso" a los datos de carácter personal de los sujetos participantes en el estudio.
Con este código, la patronal de las farmacéuticas pretende que los miembros que se adhieran puedan "ceder o dar acceso libremente" a otras empresas a los datos de los estudios, y "puedan comunicar datos a matrices en el extranjero sin estar sujetos a la LOPD.
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