¿Qué ocurre con las cuentas de correo electrónico y los servicios a los que estaba inscrita una persona que fallece? ¿Pueden los familiares acceder a esas cuentas y a las contraseñas de estos servicios? Pues parece ser que sí, al igual que cuando una persona fallece sus documentos y cartas pasan a sus herederos, en el caso del correo electrónico pasa lo mismo, por lo que no habría problemas para que los familiares del fallecido solicitaran el acceso. Normalmente, si disponen de un blog en una plataforma gratuita, éste sigue activo a menos que los familiares del fallecido decidan borrarlo, si es que se lo permiten los jueces. Y lo mismo ocurre con numerosos servicios.
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