2 may 2011

Normas Técnicas de Interoperabilidad

Después de leer los borradores de las Normas Técnicas de Interoperabilidad me ha sorprendido mucho, pero no gratamente, el modelo entidad-relación que se propone en la norma sobre Expediente Electrónico:

"Los documentos electrónicos podrán incluirse en un expediente electrónico bien directamente como elementos independientes, bien dentro de una carpeta, entendida ésta como una agrupación de documentos electrónicos creada por un motivo funcional, o bien como parte de otro expediente, anidado en el primero".
Espero que la culpa sea mía, por entender mal... porque la idea de expedientes dentro de expedientes...
Moreq2 proponía que los documentos pueden agruparse en subdivisiones bien físicas (volúmenes), o bien intelectuales (sub-expedientes). Por ejemplo, un expediente electrónico muy voluminoso puede subdividirse en volúmenes, para organizarlo y manejarlo más cómodamente. También pueden realizarse organizaciones intelectuales, la más usual por tipo de documento: las solicitudes guardadas en un sub-expediente, la resolución en otro sub-expediente, por ejemplo.
Moreq2010 será más flexible para crear agrupaciones de documentos dentro del expediente, pero ¿expedientes dentro de expedientes? ¿¿¿???? Esto creo que los archiveros no lo hacemos ¿no?

2 comentarios:

Miguel Ángel del Prado Martínez. Documentación CEPYME Aragón dijo...

Un ejemplo frecuente en mi organización: la gestión proyectos da lugar a un expediente general del que cuelgan expedientes de contratación (prestación de servicios, suministros...), expediente de solicitud y justificación de subvención, etc.

archivistica dijo...

Hola Miguel Ángel, muchas gracias por el comentario.
Creo que el ejemplo que pones es muy interesante.
A ver si más archiveros nos pueden dar su opinión.

Saludos