Medidas para la copia electrónica de documentos.
En el Decreto 75/2010 (DOE de 25 de marzo de 2010) se establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El decreto contempla la Compulsa electrónica de documentos originales en papel, la Copia electrónica de documentos originales en papel y las Copias electrónicas de documentos electrónicos.
(En este Decreto ya se hace referencia al Esquema Nacional de Interoperabilidad y por tanto las imágenes electrónicas resultantes de la digitalización de documentos en papel deberán ser conformes a alguno de los formatos y con los niveles de calidad y condiciones técnicas que determina el Real Decreto 4/2010. También se ha incluido la necesidad de que la copia electrónica generada incluya su carácter de copia entre los metadatos asociados.
En el Decreto 75/2010 (DOE de 25 de marzo de 2010) se establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El decreto contempla la Compulsa electrónica de documentos originales en papel, la Copia electrónica de documentos originales en papel y las Copias electrónicas de documentos electrónicos.
(En este Decreto ya se hace referencia al Esquema Nacional de Interoperabilidad y por tanto las imágenes electrónicas resultantes de la digitalización de documentos en papel deberán ser conformes a alguno de los formatos y con los niveles de calidad y condiciones técnicas que determina el Real Decreto 4/2010. También se ha incluido la necesidad de que la copia electrónica generada incluya su carácter de copia entre los metadatos asociados.
Bueno, pues con este Decreto ya contamos con otra referencia legislativa en el ámbito de las copias electrónicas de documentos en papel)
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