13 dic 2010

Cesión de datos personales de empleados: peligro sin límites.
A la hora de analizar los datos que la empresa puede facilitar a la matriz de su grupo empresarial, a los representantes sindicales o a terceras personas es preciso tener en cuenta que la Agencia Española de Protección de Datos, respaldada por la Audiencia Nacional en reiteradas sentencias, considera que el tratamiento de los datos limitados tan sólo al número de identificación fiscal (NIF) o del documento nacional de identidad (DNI) de un individuo, ya implican un tratamiento de datos de carácter personal.
Incluso, en un informe de 8 de febrero de 2007, la Aepd consideró que también lo es el simple tratamiento limitado al número de la matrícula de los vehículos, el de las direcciones IP, estáticas o dinámicas, o la dirección de correo electrónico, incluso cuando no identifiquen directamente al interesado.
El hecho de que el éste no aparezca identificado en un fichero por su nombre y apellidos no supone que no contenga datos de carácter personal si la identificación puede o podría tener lugar con posterioridad a su recogida.
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