8 ene 2010

Anteproyecto de Ley del Registro Civil: un registro único y electrónico.
Un Registro Civil más "ágil y eficaz". Bajo esa premisa ha aprobado el Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley del nuevo Registro Civil, que será único, de acceso y gestión electrónico y desjudicializado.

En el nuevo Registro Civil, al nacer una persona se crea una ficha donde se irán recabando todos los datos sobre su estado civil a lo largo de toda su vida. A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley, cada inscripción de nacimiento irá acompañada de un Código Personal de Ciudadanía (CPC), correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites que el usuario precise realizar con el Registro Civil.
Al ser un registro único, cualquier solicitud se podrá hacer en cualquier oficina del Registo, aunque ésta no sea en donde se certificó el nacimiento o el matrimonio. Los certificados serán expedidos telemáticamente. Además, los empleados públicos también tendrán acceso a esa base, de modo que los ciudadanos no tengan que presentar documentación cada vez que hagan un trámite.
Asimismo, dejarán de expedirse libros de familia, que serán sustituidos por certificaciones registrales, que podrán solicitarse personalmente o a través de internet.
Los ayuntamientos funcionarán como oficinas receptoras de la nueva información que los ciudadanos tengan que aportar. Así, el Registro Civil pasará de tener más de 8.000 oficinas a poco más de un centenar.
Por otra parte, la modernización del Registro Civil hace necesaria su desjudicialización, por lo que pasa a configurarse como órgano administrativo, dependiente del Ministerio de Justicia y gestionado por funcionarios públicos, cuyas decisiones, lógicamente, estarán sometidas a control judicial. Con ello, se descarga a los jueces de una función impropia, lo que permitirá que puedan dedicarse en exclusiva a su función constitucional de juzgar y ejecutar lo juzgado.
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