Tramitación Electrónica de Documentos: Administración Electrónica y Empresa.
El asesor de la IPSA y profesor de la Carlos III, Carlos Galán, apunta las causas que deberían llevar a las empresas a pasarse a la tramitación electrónica en SiliconNews.
El asesor de la IPSA y profesor de la Carlos III, Carlos Galán, apunta las causas que deberían llevar a las empresas a pasarse a la tramitación electrónica en SiliconNews.
La llamada digitalización certificada de facturas, documentos sustitutivos y otros documentos de naturaleza tributaria que, en virtud de lo dispuesto en la Orden EHA/962/2007 y Resolución de desarrollo de 24 de octubre de 2007, ha venido a promulgarse de la mano de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha abierto sin duda el camino que está siguiendo en la actualidad el borrador del próximo Reglamento de desarrollo de la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico del Ciudadano a los Servicios Públicos. El Reglamento verá la luz en breve plazo, junto con los Esquemas Nacionales de Interoperabilidad, que desarrollan algunas cuestiones de naturaleza técnica y operativa.
En base a lo dispuesto en la precitada Orden Ministerial, sólo aquellos sistemas de digitalización que estén convenientemente homologados por la AEAT podrán ser usados para digitalizar los documentos en papel objeto de la norma, posibilitando la destrucción de los originales, y siendo únicamente necesario conservar los documentos electrónicos obtenidos, con plena validez legal.
"Nuestra recomendación final es, por tanto, que las empresas deben considerar, de manera urgente, mecanismos que les permitan incorporar la tramitación electrónica de documentos a sus esquemas productivos o de gestión habituales; sabiendo que es muy posible que la competencia ya lo esté haciendo, asegurándose, por tanto, una mayor eficacia y un cumplimiento legal absoluto".
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En base a lo dispuesto en la precitada Orden Ministerial, sólo aquellos sistemas de digitalización que estén convenientemente homologados por la AEAT podrán ser usados para digitalizar los documentos en papel objeto de la norma, posibilitando la destrucción de los originales, y siendo únicamente necesario conservar los documentos electrónicos obtenidos, con plena validez legal.
"Nuestra recomendación final es, por tanto, que las empresas deben considerar, de manera urgente, mecanismos que les permitan incorporar la tramitación electrónica de documentos a sus esquemas productivos o de gestión habituales; sabiendo que es muy posible que la competencia ya lo esté haciendo, asegurándose, por tanto, una mayor eficacia y un cumplimiento legal absoluto".
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