Anteproyecto de Ley de Transparencia y Acceso de los Ciudadanos a la Información Pública: Gobierno, CCAA y ayuntamientos abrirán sus archivos a los ciudadanos en 2011.
En la primera reunión del Gobierno tras las vacaciones, que tendrá lugar el próximo viernes, se planteará la aprobación del anteproyecto de Ley de Transparencia y Acceso de los Ciudadanos a la Información Pública para su entrada en vigor el año que viene.
La norma configura, "por primera vez en la historia de España", el derecho universal a acceder a la información, elaborada o adquirida por los Poderes Públicos, por el hecho de ejercer sus funciones, cualquiera que sea su soporte y su forma de expresión, con un procedimiento "ágil, transparente y accesible".
Para que el derecho de acceso sea efectivo y la información no pierda actualidad, el anteproyecto fija plazos taxativos a la hora de responder a los ciudadanos. El órgano al que se dirija la demanda deberá responder en un máximo de 30 días. Solo "cuando el volumen o complejidad de la información solicitada hagan imposible cumplir dicho plazo", este se podrá ampliar 30 días más, de lo que se advertirá al demandante en los 10 días siguientes a la presentación de su solicitud.
El ciudadano que vea rechazada su solicitud puede, lógicamente, interponer ante los tribunales un recurso contencioso-administrativo pero, consciente de que se trata de una vía lenta y costosa, el anteproyecto prevé la figura de un árbitro que resuelva con agilidad y prontitud las discrepancias.
Este papel corresponderá a la Agencia Española de Protección de Datos, que alargará su nombre con la coletilla "y Acceso a la Información". El organismo, que vela porque los ficheros de datos respeten la intimidad de los ciudadanos, se encargará también de garantizar el derecho de acceso a la información pública.
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En la primera reunión del Gobierno tras las vacaciones, que tendrá lugar el próximo viernes, se planteará la aprobación del anteproyecto de Ley de Transparencia y Acceso de los Ciudadanos a la Información Pública para su entrada en vigor el año que viene.
La norma configura, "por primera vez en la historia de España", el derecho universal a acceder a la información, elaborada o adquirida por los Poderes Públicos, por el hecho de ejercer sus funciones, cualquiera que sea su soporte y su forma de expresión, con un procedimiento "ágil, transparente y accesible".
Para que el derecho de acceso sea efectivo y la información no pierda actualidad, el anteproyecto fija plazos taxativos a la hora de responder a los ciudadanos. El órgano al que se dirija la demanda deberá responder en un máximo de 30 días. Solo "cuando el volumen o complejidad de la información solicitada hagan imposible cumplir dicho plazo", este se podrá ampliar 30 días más, de lo que se advertirá al demandante en los 10 días siguientes a la presentación de su solicitud.
El ciudadano que vea rechazada su solicitud puede, lógicamente, interponer ante los tribunales un recurso contencioso-administrativo pero, consciente de que se trata de una vía lenta y costosa, el anteproyecto prevé la figura de un árbitro que resuelva con agilidad y prontitud las discrepancias.
Este papel corresponderá a la Agencia Española de Protección de Datos, que alargará su nombre con la coletilla "y Acceso a la Información". El organismo, que vela porque los ficheros de datos respeten la intimidad de los ciudadanos, se encargará también de garantizar el derecho de acceso a la información pública.
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