7 abr 2010

Nuestra intimidad, con el culo al aire.
Daniel Rodríguez Herrera, subdirector de Libertad Digital, escribe un artículo muy crítico sobre el doble rasero que aplica la Ley de Protección de Datos: dos regímenes completamente separados de sanciones, uno para empresas y otro para las administraciones públicas. En el primer caso, puede imponer sanciones de hasta un millón de euros. En el segundo, un tirón de orejas.
"Vean si no el caso del INEM. Tenían noticia desde diciembre de 2008 de un error que permitía obtener los datos de todas las personas que hubieran estado alguna vez apuntadas a las listas del paro. Un error, además, que todo el que sepa un poco de programación web sabe que es debido a un descuido y que cuesta bien poco corregirlo. ¿Hicieron algo? Naturalmente que no. Cuando fueron "condenados" por la Agencia Española de Protección de Datos finalmente movieron un dedo, o dos. Y ya está. No se tienen noticias de que nadie haya perdido su trabajo por esto.
La Agencia Española de Protección de Datos no tuvo a bien sacar una nota de prensa para informar a los periodistas, y a través de ellos a los españoles, del caso más grave de desprotección de datos que ha tenido lugar en España. ¿Por qué?

Samuel Parra, el mismo experto que descubrió y denunció el caso, ha criticado la inacción de la DGT ante una reciente "condena" de Protección de Datos. Resulta que la web nos permitiría con cierta facilidad averiguar los puntos que tiene en el carnet cualquier conductor que conozcamos.
Pues bien, el responsable de informática de la DGT, un tal Luis de Eusebio, ha dicho que como hasta ahora no han detectado ningún intento de aprovecharse del sistema, pues que no lo cambian. ¡Y que no lo cambian, oiga!"
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