1 feb 2008

El archivo fotográfico de Capa no estaba "perdido".
La Jornada publica toda la historia sobre las cajas de negativos de los fotógrafos Robert Capa, Gerda Taro y David Chim Seymour y que aumentan espectacularmente la imágenes sobre la Guerra Civil española. El Centro Internacional de la Fotografía (ICP) de Nueva York le pidió a la restauradora Trisha Ziff que localizase a Benjamín Tarver en México porque disponía de mucho material sobre Capa. Ziff llegó a un acuerdo con Tarver :“Su familia había guardado y protegido estos negativos durante más de 60 años. Pero Benjamín estaba en un dilema en cuanto a qué hacer con ellos. No los quería vender, sino hacer algo significativo". Los dos hicieron un pacto, a cambio de que los negativos fueran al ICP, Tarver podría rodar un cortometraje.
Es una pena que en España no se haya sabido de estos negativos...

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Bueno, más se perdió en Cuba... Tengo la depravada costumbre de consultar el BOE todos los días, y con relativa frecuencia me encuentro con órdenes de Cultura por las que se ejerce el derecho de tanteo sobre determinados lotes documentales subastados en esta o aquella sala, y aún a riesgo de equivocarme, no recuerdo que este derecho se haya ejercido desde hace bastante tiempo (¿años?) sobre documentos distintos a aquellos que se ocupan de la Guerra Civil, el Franquismo y demás penurias, por ejemplo:

BOE, 12/01/2008

Como se puede ver, son documentos relacionados con la Guerra Civil, y se adquieren para el Archivo de Salamanca. Como a mí no me interesa en absoluto la Guerra Civil o el Franquismo -dejando a un lado el profundo respeto hacia los aspectos personales- y sí me interesan otros temas, tengo la esperanza de ver publicado en el BOE algún día -tal vez cuando a las gallinas les crezcan dientes-, un anuncio en el que se ejerza el derecho de tanteo sobre documentos medievales y modernos, o incluso contemporáneos que no traten de la Guerra Civil, porque ésta, no sé si a alguien se le escapa, acabó, y hace ya 69 años...

Anónimo dijo...

Es tan sencillo como que urge ahora dotar de contenido al Centro Documental de la Memoria Histórica. No queda otra. Es lo que pasa cuando se actúa de forma tan irresponsable y maniquea en un asunto de esta envergadura: entramos en una rueda viciosa que no hay quien la pare.

Anónimo dijo...

En mi opinión, y no quise entrar hasta ahora en el tema porque sé que es muy polémico, y divide más que aúna, no puedo estar más de acuerdo con la devolución al gobierno catalán y a sus ciudadanos expoliados, de sus papeles -públicos y privados-; lo que no me impide pensar que el gobierno catalán está ahora perdiendo la razón cuando se opone de forma tan tenaz y denodada a la restitución de varios bienes culturales aragoneses que se conservan en uno de sus museos ¿el embudo por un lado no es lo mismo que por el otro?

Del mismo modo, creo que un archivo es un archivo, no un centro de documentación, y un archivo temático, llámese Archivo General de la Guerra Civil Española, o Centro Documental de la Memoria Histórica, es lo más antiarchivístico que puede darse.

Asimismo, creo que si se devuelven documentos -publicos o privados- a Cataluña ¿por qué no al Pais Vasco o a un ayuntamiento que los reclame? ¿Es que alguien puede entender que se produzcan las devoluciones a Cataluña y que a la vez, un Ayuntamiento que tenga completa su serie de libros de actas de acuerdos municipales, con excepción del período de la II República, tenga que soportar esa desigualdad de trato, como si, repito, el embudo por un lado no fuese lo mismo que por el otro?

En el fondo, creo que el Código Deontólogico de los Archiveros no llega hasta donde debía. En mi sentir, sería necesario un Código Deontológico más amplio, de Archivos, que impidiese a un archivo adquirir documentos robados o procedentes del expolio de otros archivos u otros lugares en donde se custodien bienes culturales; y en caso de que se detecten estos ingresos espurios, o que la institución en donde se encuentre el fondo correspondiente a la primera acumulación los reclamase, no se tuviesen dudas a la hora de devolverlos resueltamente.

Anónimo dijo...

Creo que podría respaldar tu observación sobre lo incoherente que es actuar de esta manera, pero el Archivo General de la Guerra Civil (quizás con otra denominación que definiera mejor lo que en realidad es) lo considero tan archivo como lo pueden ser otros. En cuanto que tiene su origen en las actividades de determinados tribunales de represión. Nadie discute ni le niega la consideración de archivos a otros que contienen documentos de épocas más pretéritas, pero que contienen documentación de tribunales que pudieran desempeñar, en la práctica, análogas actividades represivas. ¿Y qué decir de la documentación de origen español que obra en archivos de otros países? ¿Quién puede plantearse que vayan a devolverla?

A no ser que consideremos que en España se vivió durante cuatro decádas en la ilegalidad y que por ello urge restituir. Pero, en tal caso, sería toda nuestra historia la que no soportaría el juicio de nuestra mirada. Y, al fin y al cabo, la historia es la que es, nos guste más o menos, y todo lo que conduzca a desgajar ese archivo de Salamanca contribuirá a un peor entendimiento de la forma de actuar de la represión franquista.

Un saludo.

Anónimo dijo...

fandor, no pongo en duda que el actual Archivo de Salamanca -para abreviar- sea un archivo, aunque de él forme parte un centro de documentación. Yo me refiero al proyecto de ¿concentrar? allí documentos relacionados con la Guerra Civil o el Franquismo. No lo sé, porque como estos señores del MCU son tan siniestros y no cuentan nada en profundidad, uno no llega a hacerse una idea cabal de los fondos que se incluirán en esos ciento y pico kilómetros de los que habló en alguna ocasión Carmen Calvo, que al parecer tenía "almacenados" en algún lugar. Lo que me alarma y me parecería una auténtica barbaridad es que las fracciones de series correspondientes a la Guerra Civil o el Franquismo que puede conservar el AGA, algunos archivos militares o centrales de ministerios, se concentrasen en el Archivo de Salamanca, porque eso, en mi opinión, además de parecerme una barbaridad, aproximaría más al archivo salmantino a un centro de documentación; de hecho, han eliminado la palabra archivo de la institución: Centro Documental de la Memoria Histórica.

En cuanto a las devoluciones, yo creo que se podía empezar por casa, que para eso formamos parte de un mismo Estado ¿no?; es que me parece una inmoralidad que un archivo compre sin mayores problemas el fondo o colección del este o aquel personaje, y que en él aparezcan documentos que este señor hubo de obtener necesariamente con cuchillas o manos largas de otro lugar en donde se conservan bienes culturales, y no se devuelvan estos documentos de forma decidida; y en cuanto a devoluciones a nivel internacional, recordarás que hay precedentes. Los casi 400 legajos de la Secretaría de Estado correspondientes a la Negociación de Francia fueron devueltos a Simancas en 1942. Los franceses hicieron copia en microfilm (tienes la noticia en el nº 1 de Hispania, creo) y a nosotros nos devolvieron los originales, como debe ser. Pues aquí, lo mismo. Los originales se devuelven a los fondos en donde se produjo la primera acumulación y en Salamanca se quedan las copias ¿Cuántos fondos sobremanipulados o que corren riesgo de estarlo no se consultan a través de microformas o soportes digitales?

Los museos, al igual que los archivos, albergan bienes culturales, y los museos tienen un Código Deontológico que prevé las devoluciones, y no entiendo el motivo por el que no se puede aplicar a los archivos, con los matices que se quieran, este Código. Te copio algunos puntos que me parecen de sentido común y que algún día espero que también se puedan aplicar a archivos y bibliotecas.

CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA DEL ICOM PARA LOS MUSEOS:

2.2 Título de propiedad válido
Un museo no debe adquirir ningún objeto o espécimen por compra, donación, préstamo, legado o intercambio sin que esté seguro de la existencia de un título de propiedad válido. Una prueba de propiedad o la posesión legal de un objeto en un país determinado no constituyen forzosamente un título de propiedad válido.

2.3 Procedencia y debida diligencia
Se deben realizar todos los esfuerzos necesarios para asegurarse de que un objeto ofrecido en compra, donación, préstamo, legado o intercambio no ha sido adquirido o exportado ilegalmente de su país de origen o de un país en tránsito en el que hubiera podido ser poseído legalmente, incluido el país en que se encuentra el museo. A este respecto, se debe obrar con la debida diligencia para reconstituir el historial completo del objeto desde su descubrimiento o creación.

2.4 Objetos y especímenes procedentes de trabajos no científicos o no autorizados
Un museo no debe adquirir objetos cuando haya motivos razonables para creer que su obtención se ha conseguido a costa de la destrucción o deterioro prohibidos, no científicos o intencionados de monumentos, sitios arqueológicos o geológicos, especies o hábitats naturales. Tampoco se deben efectuar adquisiciones cuando no se ha advertido del descubrimiento de los objetos al propietario, al ocupante del terreno o a las autoridades legales o gubernamentales correspondientes.

2.11 Depositario en última instancia
Ninguna disposición del presente Código de Deontología impide que un museo sirva de depósito autorizado para especímenes u objetos de procedencia desconocida o ilegal recogidos o recuperados en el territorio de su jurisdicción.

6.3 Restitución de bienes culturales.
Si un país o una comunidad de los que proceden objetos o especímenes piden su restitución y se puede probar no sólo que éstos han sido exportados, o transferidos de otra manera, en contra de los principios de los convenios internacionales y nacionales, sino que además forman parte del patrimonio cultural o natural del país o la comunidad peticionarios, el museo interesado debe tomar rápidamente las medidas pertinentes para cooperar en su devolución, si tiene la posibilidad legal de hacerlo.