3 mar 2011

Las tecnologías y el Estado de Derecho.
El Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, regula las notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Tributaria (AEAT).
Esta norma impone la obligación de acceder, regularmente, para recibir notificaciones y comunicaciones de la referida agencia, a la dirección electrónica habilitada (que viene a ser lo que se conoce como una “web mail”).

Mientras el Real Decreto impone, categóricamente, una obligación de notificarse electrónicamente, se comprueba que, en la Ley 11/2007, el término "obligación” viene referido, sola y exclusivamente, para las administraciones, como correlación al derecho de los ciudadanos.
Al igual que se generalizó –y se han ido superando– el telégrafo, el télex, el teléfono, el telefax, el correo electrónico, …, sin imposición, la Administración debe dejar que las nuevas tecnologías sean asumidas por convicción, no por imposición.
Las administraciones deben procurar generar confianza, en post de la seguridad jurídica, y no dar pie a situaciones indeseables como sería el caso si los Tribunales de Justicia llegan a cuestionar unas aparentes notificaciones por inacción. Lo que se debe sacralizar es, en todo caso, el Estado de Derecho.
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